Tema 7. Tipos de Concesiones

No hubo clase acerca de este tema; sin embargo, me resultó interesante la actividad, ya que pude determinar los siguientes datos:

El número total de estaciones de televisión digital terrestre publicadas en el catálogo es de 1457. El total de estaciones de radio en FM son 1646. Hay 389 concesiones de radio AM enlistadas y el estado de la república que cuenta con más concesiones de radio tanto en FM como en AM es Guanajuato.

1.-Explora y comenta la diferencia entre el concepto “servicio público de radiodifusión” y el concepto “concesión de radiodifusión para uso público”

El servicio público de radiodifusión hace referencia a aquellos servicios de interés general que prestan los concesionarios al público en general con fines comerciales, públicos o sociales. Mientras que la concesión de radiodifusión para uso público confiere el derecho a las instituciones de carácter público para proveer servicios de telecomunicaciones y radiodifusión para el cumplimiento de sus fines y atribuciones.

2.-De acuerdo con el artículo 83 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, ¿A quiénes se puede otorgar una concesión para uso público?

A los Poderes de la Unión, de los Estados, los órganos de Gobierno del Distrito Federal, los Municipios, los órganos constitucionales autónomos y las instituciones de educación superior de carácter público

3.- Comenta cuál es la fuente principal de recursos económicos mediante los cuales funciona una concesión para uso público. También menciona cuáles son las fuentes adicionales para que las concesiones de uso público obtengan algún ingreso económico complementario.

La fuente principal de recursos es el subsidio, el cual proviene del presupuesto público, otra sería la venta de productos, donativos, patrocinio, proyectos de financiamiento y convenios de coinversión con otras dependencias.

4.- Explica la diferencia que existe entre “subsidio a una concesión” y “patrocinio a una concesión”

El subsidio a una concesión proviene del presupuesto público, mientras que el patrocinio lo provee cualquier persona física o moral a fin de que se haga la mención o presentación visual de la denominación, razón social, marca o logotipo de la persona que realizó el pago.

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